IES: ESPA, ESPD adaptación a la Orden ECD/651/2017, de 5 de julio

Desde el día 20 de junio en Alborán están disponibles nuevas funcionalidades para adaptarse parcialmente a lo establecido en la Orden ECD/651/2017, de 5 de julio, por la que se regula la enseñanza básica y su currículo para las personas adultas en modalidad presencial, a distancia y a distancia virtual, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

La adaptación es parcial porque queda pendiente el desarrollo de la implementación para las Enseñanzas Iniciales, Resultados de la Valoración Inicial y Reconocimiento de ámbitos superados a efectos de pruebas finales y para la obtención directa del título de graduado en educación secundaria.

Concepto de módulo y curso, ámbito y materia

Las enseñanzas de manera general se organizan en cursos (1º, 2º, 3º, 4º, …), pero este concepto no se utiliza en la normativa, sino que se utiliza el de módulo, que son las partes en las que se divide un ámbito (que sería el equivalente a materia). Así un ámbito está dividido en 4 módulos (1º y 2º forman el Nivel I, y 2º y 3º el Nivel II) que han de cursarse/superarse progresivamente, salvo que un alumno empiece directamente en el nivel II o lo que es lo mismo empiece en 3º por haber superado las pruebas de niverl o valoración inicial correspondiente.

En Alborán el concepto de módulo no se utiliza y en su lugar se utiliza el curso. Lo mismo ocurre para ámbito y materia. No obstante, toda la documentación académica oficial se genera correctamente con los conceptos de ámbito y módulo.

Cambios/adaptaciones en los planes de estudios

Se han introduccido adaptaciones en los planes de estudios de ESPA y ESPD buscando que puedan ser iguales en la configuración de todos los centros con estas enseñanzas, pues la denominación de las materias es distinta en cada centro.

En la columna [Código opción] de cada curso de esos estudios se han introducido unas etiquetas de configuración que deben respetarse para los distintos ámbitos y materias de matriculación:

Materia Código opción
ACO – Ámbito de Comunicación ACO
LCL-Lengua Castellana y Literatura ACOLE
ING – Inglés ACOIN
FRA – Francés ACOFR
ALE – Alemán ACOAL
POR – Portugués ACOPO
ITA – Italiano ACOIT
ASO – Ámbito Social ASO
ACT – Ámbito Científico Técnico ACT
TUT – Tutoría

Ejemplos de planes configurados

La siguiente imagen el la configuración de un centro con un formato bastante normalizado. Este centro no matricula en la materia de lengua castellana y literatura porque la considera incluida en el ámbito de comunicación, y complementa la matrícula con una Lengua extranjera.

La siguiente imagen es de un centro que matricula en el ámbito de comunicación, en lengua española y literatura y en la lengua extranjera.

La matrícula mínica obligatoria en el ámbito de comunicación es el propio ámbito y en una materia de lengua extranjera. Si el centro también matricula en lengua española y literatura, Alborán lo recogerá en el acta de evaluación.

Algunos centros educativos que no han matriculado a sus alumnos en el ámbito de comunicación (ACO)y sí en la materia de lengua castellana y literatura, deben corregir esta matrícula porque en las actas, certificados y notas medias es la calificación del ámbito la que se tiene en cuenta. Igualmente, habrán de redefinirse los formularios de matriculación que se ofrezcan a los alumnos en formato papel o en formato online respecto a la matrícula en el ámbito de comunicación.

Nueva documentación

  • Evaluación > Listados > Acta de evaluación ESPA – ESPD
(Alguno de los siguientes documentos puede que para localizarlos haya que utilizar el botón [siguiente/último] del listado de documentación que ofrece Alborán)

En este acta no pueden verse las matrículas de un alumno en módulos de un ámbito de orden inferior al que corresponde al del módulo asignado al grupo de alumnos. Para verlas y evaluarlas debe utilizarse el Acta pendientes auxiliar (por grupo).

  • Alumnado > Alumnos > Alumno seleccionado > Expediente académico ESPA – ESPD
  • Alumnado > Alumnos > Alumno seleccionado > Certificado de calificaciones en ESPA – ESPD
  • Alumnado > Alumnos > Alumno seleccionado > Certificado de superación de los estudios de ESPA – ESPD

Fechas de evaluación

Las fechas de evalución y de superación de los ámbitos, niveles y de la etapa son tomados de las fechas de evaluación ordinaria y extraordinaria definidas en el grupo de alumnos en el que se encuentra matriculado el alumno. Si estas fechas están en blanco, los documentos no recuperan ninguna fecha en el lugar que corresponda.

Mejoras adicionales

En el Acta de evaluación ESPA – ESPD se ha introducido la columna de Lengua y Literatura para facilitar la supervisión de esta materia junto con la de Idioma extranjero que deben estar superadas para que el ámbito de comunicación pueda tener una calificación positva.

Documentos anteriores que se mantienen

Evaluación > Listados > Acta de pendientes auxiliar (por grupo)

  • Este acta no está incluida en la normativa y se ha mantenido porque se considera una funcionalidad importante y sirve para la evaluación de los módulos de un ámbito de orden inferior al asignado al grupo de alumnos para el que se genera el acta.

Documentos anteriores que no se mantienen

  1. Alumnado > Alumnado seleccionado > Listados > Certificación genérica para cualquier estudio
    • Este listado recoge la matrícula del alumno en los módulos de estas enseñanzas, pero no calcula las medias porque su presentación no se adapta a la normativa vigente.

Indicaciones sobre cómo cumplimentar las calificaciones

Para una correcta presentación de la información es necesario que el centro educativo registre los valores correspondientes a las calificaciones obtenidas por el alumno en las evaluación Final y Extraordinaria (Recuperación de la Final), con los valores NP, 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10, PT o PE para ámbitos con el ámbito del módulo anterior PENDIENTE de aprobar.
Opcionalmente, para reflejar en el acta que alguna de las materias (Lengua Castellana y Literatura y Primera Lengua Extranjera), del ámbito de comunicación ACO, se cursó en años anteriores y que se considera aprobada, aunque el módulo del ámbito no esté aprobado hasta que no se supere la otra materia, deberá matricularse al alumno en esa materia y anotar en su calificación alguno de los siguientes valores (esta matriculación quizá no sea conveniente por los problemas de gestión que causaría en el aula virtual Moodle/sincronizador):
NOTA TEXTO LARGO
C5      Cursada/Convalidada 5
C6      Cursada/Convalidada 6
C7      Cursada/Convalidada 7
C8      Cursada/Convalidada 8
C9      Cursada/Convalidada 9
CX     Cursada/Convalidada 10
Con las calificaciones PT o PE se puede detectar las matrículas de módulos que tienen su módulo de orden inferior suspenso. Esto, según la normativa, no deben existir casos de matrículas en módulo 3 o 4 de un ámbito con el módulo 2 o 1 suspenso, pues para poder cursar el Nivel II de un ámbito ha de haberse superado el NIvel I.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos necesarios están marcados *