Archivo de la categoría comunicación interna
El buen uso de la Red, las redes y los dispositivos móviles en el centro educativo
Debemos tener unas consideraciones previas sobre su buen uso:
- Los recursos informáticos tienen como finalidad servir de apoyo a la docencia y por tanto deben emplearse para el trabajo y el estudio, no con otros fines.
- Hay que ser responsable con los aparatos que se tienen, tanto maestros como alumnos y por tanto no hay que modificar los programas que tienen. Si hubiera que hacerlo o poner nuevas aplicaciones, programas,… existe la figura del coordinador de TIC´s.
- Respecto a la seguridad: no hay que compartir con nadie ningún dato: contraseñas, claves, acceso,… y las claves no deben de ser más cortas de 8 caracteres, que no sean dni, fecha de nacimiento y se deberá cambiar con frecuencia.
- El centro no se responsabiliza de los materiales compartidos por terceros, ni del contenido accesible desde los vínculos que divulguen.
- Con objeto de respetar el buen uso e las redes, el centro educativo se reserva el derecho de eliminar cualquier aportación que contravenga los principios aquí expuestos.
Decálogo para conseguir una política BYOD segura
Antes de hablar del decálogo de BYOD, creo conveniente saber qué es BYOD. En sí, es llevar a la empresa tus propios dispositivos, es decir, lo que tenemos en casa, lo llevamos al trabajo, pero esto lo explica mejor Wikipedia es su entra BYOD, donde dice lo siguiente:
- Revisar las políticas de seguridad de las aplicaciones web y determinar qué dispositivos están dispuestos a soportar,
- Establecer de forma clara qué expectativas se quieren obtener con la práctica del BYOD,
- Determinar políticas que no den lugar a dudas y sean concisas para todos los empleados,
- Establecer un número de identificación personal para cada empleado,
- Forzar a utilizar el cifrado de datos,
- Decretar qué aplicaciones se quedan fuera,
- Capacitar a los empleados,
- Buscar aplicaciones de auditoría,
- Reporting y gestión centralizada y
- Adquirir software de gestión de dispositivos móviles
DECÁLOGO USO DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS Y REDES SOCIALES EN EL CENTRO EDUCATIVO
Normas para el centro:

BYOD
1
|
El principal propósito del uso de dispositivos personales en los distintos lugares de trabajo es el desarrollo de las funciones del EOE. Su utilización por motivos personales es puntual y secundaria.
|
2
|
El uso de dispositivos personales forma parte desde ahora del Plan de Actuación del EOE
|
3
|
Toda la información obtenida por medio de los dispositivos móviles (fotos, videos, audios, textos) no podrá exceder el ámbito de lo estrictamente educativo ni ser publicada o difundida por ningún medio (redes sociales, correo electrónico, mensajería instantánea, o cualquier otro que suponga publicación o difusión) salvo que se autorice expresamente por parte de aquellos a quienes la información les afecte directamente.
|
4
|
Cuando se habla de dispositivo personal se hace referencia a tablets, smartphones, teléfonos móviles, ordenadores portátiles, híbridos ordenador-tablet y todos aquellos dispositivos tecnológicos que en un futuro próximo permitan desarrollar las funciones del EOE.
|
5
|
Cuando un miembro del EOE lleva su dispositivo personal a los distintos lugares de trabajo es bajo su exclusiva responsabilidad, por tanto, es responsable de su mantenimiento y protección.
|
6
|
Cuando la información contenida en el dispositivo personal se vea comprometida (por robo, extravío, fallos de seguridad) se deberá poner en conocimiento del máximo responsable del EOE.
|
7
|
La formación en la utilización de las nuevas tecnologías es fundamental para un uso adecuado y eficaz de los dispositivos asociados a ellas, por tanto, es necesario realizar actividades de formación periódicas que permitan dicho uso a los dispositivos personales que vayan a ser utilizados en los lugares de trabajo.
|
8
|
La utilización del dispositivo personal no debe ser motivo ni causa de una falta de desempeño de las funciones del EOE.
|
9
|
Todos los miembros del EOE que vayan a utilizar dispositivos personales en sus lugares de trabajo deben leer y aceptar este acuerdo.
|
10
|
Es necesario revisar periódicamente las normas de uso de los dispositivos personales y a tal efecto, se incluirán en las memorias de actuación de los EOE todos aquellos aspectos vinculados al uso de tales dispositivos
|
Regulación del uso de la Red en un Centro Educativo
Decálogo del uso de las Redes en los Centros Educativos:
1. Uso Educativo de las TIC
El Centro Educativo debe promover el uso de las nuevas tecnologías y de los recursos didácticos que ofrece internet para favorecer el aprendizaje del alumnado, contribuyendo al acceso a la educación, a la enseñanza y aprendizaje de calidad y al desarrollo profesional de los docentes.
2. Colaboración con las familias
Se potenciará la colaboración de padres, madres y tutores legales en el proceso educativo del alumnado, promoviendo políticas de información, asesoramiento y orientación para acercar la vida escolar a la vida familiar.
3. El Centro Educativo en la RED
El Centro Educativo promoverá su imagen general en las Redes Sociales, siempre teniendo en cuenta la protección de datos y la confidencialidad de las personas. Se solicitará a las familias los correspondientes permisos para poder incluir imágenes de actividades del alumnado.
4. Uso de teléfono móviles y otros dispositivos
No se podrá usar el teléfono móvil ni cualquier otra tecnología de la comunicación en horario y espacio escolar, salvo en el aula y con el permiso expreso del profesor/a para la realización de alguna actividad específica.
5. Protección de datos
Todo alumno o alumna evitará subir imágenes personales o mensajes con información personal a cualquier red social o de información sin el permiso expreso de la persona implicada y si es menor de edad, con el permiso de su madre, padre o tutor legal.
6. Respeto y Cuidado de uno mismo y de los demás
El alumnado evitará las páginas de uso violento, racista y obsceno, y todas aquellas donde se pida dinero. Se tratará a las personas con respeto.
7. Cuidar los datos personales
El alumnado evitará dar contraseñas a otras personas, ni siquiera a los amigos/as. No se darán datos personales en las actividades por Internet. El alumnado solo se registrará en aquellas redes sociales, foros, chats, que sean adecuadas para sus edad y tras haber consultado a sus padres, madres o tutores legales.
8. Uso de Internet de forma responsable
El empleo de las TIC debe facilitar el proceso de enseñanza y aprendizaje, así como colaborador de nuestro trabajo. Enseñemos a nuestros alumnos/as a utilizar Internet de forma responsable.
9. Compartir experiencias
Animar a los padres, madres, tutores legales y alumnos/as a navegar juntos por Internet, a compartir experiencias.
10. Una buena práctica es aquella que proporciona buenos aprendizajes. Las TIC, son recursos, medios tecnológicos que al servicio del proceso enseñanza – aprendizaje contribuyen a enriquecerlo siempre y cuando seamos capaces de utilizarlas adecuadamente.
USO DE DISPOSITIVOS Y REDES SOCIALES EN EL INSTITUTO. UNA REFLEXIÓN PERSONAL
Política de uso de la Red y las Redes sociales en un centro educativo
¿Qué objetivos perseguimos con la publicación de esta política de uso de Red y Redes sociales?
- Todos recursos TIC, así como todos los perfiles generados en las Redes sociales para la actividad académica, como herramientas esenciales para el desarrollo del proceso de enseñanza, merecen el respeto de todos los miembros de la comunidad educativa, por lo que estos velarán, en todo caso, por su buen uso, defensa y conservación.
- Como norma general, la Red y las Redes sociales, en el IES, únicamente podrán ser usadas con fines académicos, quedando prohibido su empleo para fines ajenos a la actividad educativa.
- Se permitirá el acceso a la Red y las Redes sociales mediante dispositivos propios del usuario (tablets, smartphones…), pero su utlización estará limitado a lo expuesto en estas normas. El usuario BYOD será el responsable de de que su dispositivo respete las condiciones de uso y seguridad que se determinen en protocolo adjunto. En el caso de que el usuario BYOD incumpliese dichas condiciones se impedirá el acceso del mismo a los sitios del centro con su propio dispositivo.
- Salvo para aquellos sitios de carácter público y abierto, el acceso a los perfiles en la Red y las Redes sociales generados por el centro se llevarán a cabo a través de invitación a las mismas, las cuales estarán restringidas a miembros de la comunidad educativa de la institución o a aquellas otras personas o instituciones que se consideraran oportunas por su vinculación a la institución.
- Cuando medien actividades que permitan el uso de la Red y las Redes sociales en el centro, la utilización de TIC y Redes sociales vendrá pautada por los criterios establecidos por el docente para el adecuado desarrollo de las mismas, quien, en cualquier caso, respetará siempre los principios dispuestos en estas normas rectoras de carácter general.
- Se velará siempre por el respeto a la privacidad, el honor y la intimidad de todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa que interactúen a través de la Red y las Redes sociales, por lo que no estará permitido publicar información, personal o ajena, que no se relacione directamente con las actuaciones académicas.
- Consiguientemente, queda prohibido publicar comentarios, imágenes o vídeos de cualquier miembro de la comunidad escolar sin autorización expresa de los mismos o sus padres/tutores y conforme a lo establecido en Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y Ley 3/1999, de 31 de marzo, del menor.
- En el caso de recibir información de manera privada por alguno de los miembros de la comunidad, dicha información, aún poseyendo relevancia académica, solo podrá ser hecha pública con el consentimiento expreso del emisor de la información y de acuerdo a lo establecido en Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y Ley 3/1999, de 31 de marzo, del menor.
- En los sitios y redes generadas por el centro, únicamente podrán ser vinculadas fotografías siempre que las mismas estén relacionados con actividades académicas, previa autorización y consentimiento de los afectados y de conformidad con lo establecido por estas normas y Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y Ley 3/1999, de 31 de marzo, del menor.
- Se respetará, en el caso de utilizar recursos creados por otros en los sitios del centro, el derecho a la propiedad intelectual y derechos del autor conforme queda establecido por Real Decreto Legislativo 1/1996, impulsando siempre el uso de recursos con licencia libre.
- A la hora de generar contenidos, sin perjuicio de los derechos que sobre los mismos pudieran ejercer sus autores, se fomentará la creación de licencias Copyleft y Creative Commons.
- Del mismo modo, se estimulará, en el desarrollo de contenidos, la creación de REA de acceso libre para la comunidad educativa.
- En los comentarios aparecidos en sitios o redes sociales relacionados con el centro educativo no podrán verterse valoraciones u opiniones que atenten contra el derecho al honor o la intimidad de las personas.
- Será necesario, en todo caso, dirigirse a terceros de forma respetuosa y constructiva, evitando mensajes sexistas o atentatorios contra la dignidad de las personas.
- Para la comunicación a través de la Red y las Redes sociales del centro podrán usarse lenguajes no verbales (dibujos, emoticonos…), respetando siempre, como norma general, derechos fundamentales de los usuarios.
- Se respetarán siempre las normas de la gramática de la lengua vehicular utilizada en las redes y no se tolerarán, en ningún caso, errores ortográficos.