Preguntas frecuentes – Docentes

FASE DE SOLICITUD

  1. ¿CÓMO PRESENTO LA SOLICITUD?

La solicitud para participar en la convocatoria de Estancias Profesionales se debe presentar a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Solo se puede acceder mediante el sistema:

  1. Cl@ve (DNIe/Certificado electrónico, Cl@ve pin, Cl@ve permanente)

Es indispensable para finalizar el proceso presentar la solicitud confirmar, registrar y firmar la solicitud.

  1. ACABO DE APROBAR LA OPOSICIÓN Y SOY FUNCIONARIO/A EN PRÁCTICAS, ¿PUEDO PARTICIPAR?

Uno de los requisitos que deben cumplir los participantes es ser funcionarios/as de carrera. Para acreditarlo se puede aportar alguno de estos dos documentos:

  • Título administrativo en el que se certifica que el participante es funcionario/a de carrera
  • BOE en el que aparece el nombramiento de la persona participante. En caso de presentar este último, deberá adjuntarse la resolución completa de nombramiento y destacarse el nombre de la persona candidata.

Si no se dispone de ninguno de ellos no se puede acreditar el cumplimiento de este requisito y, por lo tanto, no se puede participar.

  1. ¿CÓMO DEBE SER LA CARTA DE INVITACIÓN?

La carta de invitación del centro de acogida debe seguir el modelo establecido en el anexo IV de la convocatoria.

El centro del que se presenta carta de invitación debe cumplir con el requisito de impartir enseñanzas equivalentes a las reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, del 3 de mayo de Educación

Podrá estar escrita en castellano, en el idioma del centro de acogida o en ambos, deberá estar firmada con fecha del curso escolar en el que se presenta la solicitud y en ella deberán constar, como mínimo, los siguientes datos:

  1. Nombre del centro de acogida, ciudad, país y teléfono.
  2. Identificación del responsable del centro: Director, Secretario u otro cargo.
  3. Datos de la persona candidata: nombre y apellidos.
  4. Curso escolar en el que se realizará la visita y trimestre o periodo elegido.
  5. Firma del responsable del centro y sello.

Además, en el caso de Francia, las cartas presentadas deben corresponder a centros inscritos para participar en el programa de su país, llamado Séjours Professionnels.

  1. NO TENGO CARTA DE INVITACIÓN, ¿QUÉ PUEDO HACER?

No existe un listado de centros para contactar, se trata de un trámite que se ha de realizar por cuenta propia. Puede consultar este enlace con algunos consejos.

También puede presentar su candidatura, sin aportar carta de invitación, aunque no podrá optar a los 5 puntos extra en el baremo. En este caso, si se le asignara una estancia profesional, el Ministerio de Educación y Formación Profesional colaborará en la medida de lo posible en la búsqueda de un centro, siendo la persona interesada la responsable última. Se deberá tener en cuenta que en ciertos países pueden existir dificultades para encontrar centros de acogida en determinadas etapas educativas.

  1. A LA HORA DE ADJUNTAR MÉRITOS SOLO PUEDO SUBIR UN ARCHIVO EN CADA APARTADO. ¿CÓMO PUEDO SUBIR MÁS?

Hay que tener en cuenta que en la sede electrónica solo se podrá subir un archivo por cada apartado de méritos y que, además, debe tener una capacidad máxima de 5 Mb.

En el caso de querer aportar más de un documento, hay que crear un solo archivo en PDF en el que aparezcan todas las imágenes escaneadas o adjuntar un fichero comprimido (zip o rar) que contenga los documentos.

  1. ¿QUÉ PASA SI ME EQUIVOCO Y APORTO UN MÉRITO EN UN APARTADO DIFERENTE?

Se recomienda prestar una especial atención a la hora de presentar los méritos, adjuntando cada documento en su lugar correspondiente. A la hora de baremar solo se valorará el archivo que se haya adjuntado en cada apartado. Si no se corresponde con el objeto de valoración, no se asignará ninguna puntuación.

  1. ¿PUEDO ADJUNTAR NUEVOS MÉRITOS EN EL PERIODO DE SUBSANACIÓN?

No. Una vez finalizado el periodo de presentación de solicitudes, si se considera que la valoración de los méritos aportados no ha sido la adecuada, se podrá solicitar que se vuelva a baremar la documentación que ya se adjuntó en su momento. En ningún caso se podrán aportar nuevos méritos para su valoración.

  1. ¿CON QUÉ IDIOMAS PUEDO PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA?

Para participar, deberá acreditar, al menos, un nivel de competencia lingüística equivalente al nivel B2 establecido en el Marco Común Europeo de Referencia (MCER) para las lenguas del idioma oficial del país elegido. Además, se podrá optar a estancias en Dinamarca, Estonia, Finlandia, Malta, Noruega, Países Bajos y Suecia acreditando el nivel B2 de inglés, en el momento de realizar la solicitud.

En el anexo I de la convocatoria encontrará las Titulaciones admitidas en esta convocatoria para la acreditación del nivel B2 o superior del MCERL de competencia lingüística para cada idioma.

  1. ¿SI RESULTO ENTRE LOS SELECCIONADOS MI CENTRO PODRÁ CONTAR CON UN SUSTITUTO DURANTE EL PERIODO QUE DURE MI ESTANCIA?

Esa cuestión es competencia de la Administración Educativa de la que dependa su centro escolar.

FASE DE SUBSANACIÓN

  1. ¿SI DURANTE EL PROCESO SE ME NOTIFICA QUE MI SOLICITUD CONTIENE ASPECTOS QUE NECESITAN SER SUBSANADOS, QUÉ TENGO QUE HACER?

La subsanación deberá realizarse a través de la SEDE ELECTRÓNICA. La misma plataforma que se utilizó para realizar la solicitud:

Recuerde que una vez subsanado el error, deberá confirmar, registrar y firmar su solicitud y comprobar que el estado de la misa pasa a: “Registrada”

UNA VEZ PUBLICADAS LAS LISTAS PROVISIONALES

  1. ¿NO ESTOY DE ACUERDO CON LA PUNTUACIÓN OTORGADA A MI BAREMO, CÓMO PUEDO PRESENTAR UNA RECLAMACIÓN AL BAREMO PROVISIONAL?

Es conveniente que antes de realizar su alegación, revise la documentación aportada, así como la adecuación de la misma a lo requerido en el anexo III del baremo.

Las alegaciones al baremo deberán realizarse a través de la SEDE ELECTRÓNICA. La misma plataforma que se utilizó para realizar la solicitud:

Compruebe que una vez presentada su alegación el estado cambia a alegación de evaluación presentada.

Recuerde que no será tenida en cuenta la nueva documentación presentada sobre los méritos aportados en su solicitud.

UNA VEZ PUBLICADAS LAS LISTAS DEFINITIVAS

  1. ¿Y SI NO TENGO CENTRO DE ACOGIDA?

Aquellos docentes que no tengan centro identificado y/o no hayan obtenidos los 5 puntos correspondientes al apartado 6 del baremo, dispondrán de un plazo máximo de 60 días naturales para buscar un centro interesado. El Ministerio de Educación y Formación Profesional colaborará en la medida de lo posible en la búsqueda de centros, siendo la persona interesada la responsable última. Se deberá tener en cuenta que en ciertos países pueden existir dificultades para encontrar centros de acogida en determinadas etapas educativas, lo que supondrá que algunos/as candidatos/as tengan que acomodarse a estas limitaciones, centrando la experiencia en aspectos de gestión o culturales y creando vínculos que pueden ser igualmente beneficiosos.

  1. ¿A QUIÉN DEBO SOLICITAR PERMISO OFICIAL?

Se requiere permiso del servicio de personal o la inspección del departamento de educación de la comunidad autónoma correspondiente para justificar la no asistencia a su puesto de trabajo mientras dure la estancia profesional. Es importante también que el equipo directivo del centro del /la docente beneficiario/a apoye la iniciativa y lo perciba como un beneficio para toda la comunidad escolar.

Se recomienda hacer las gestiones oportunas con bastante antelación dado que hay administraciones que pueden tardan más en realizar estos trámites.

Igualmente, no recomendamos hacer reservas de billetes sin haber obtenido dicho permiso.

El permiso debe estar firmado con anterioridad a la realización de la estancia.

  1. ¿PUEDO RENUNCIAR?

En el caso de renunciar a la estancia, debe enviar por email a estanciasprofesionales@educacion.gob.es el anexo V relleno, firmado y como documento adjunto dentro del plazo de 10 días posteriores a la publicación de las listas provisionales de seleccionados.

  1. ALTA EN EL TESORO PÚBLICO 

La cuenta bancaria en la cual desee recibir el ingreso de la ayuda económica, (anexo IX), debe estar dada de alta en el Tesoro Público, de otra manera no se puede hacer el ingreso correspondiente.

Para ello, puede informarse en el siguiente enlace.

  1. ¿CÓMO DEBO PRESENTAR EL CERTIFICADO DE MI ESTANCIA?

El anexo VIII, en el que el centro de acogida certifica que se ha realizado la estancia profesional, debe ser presentado tal y como aparece en la convocatoria publicada en el BOE. Podrá presentarse, a la persona representante del centro de acogida, un documento traducido a su idioma para que tenga conocimiento exacto de los términos del certificado. Sin embargo, para justificar la estancia ante el Ministerio de Educación y Formación Profesional se enviará a través de cualquier registro habilitado si las firmas no son electrónicas o a través del correo electrónico estanciasprofesionales@educacion.gob.es si todas las firmas son electrónicas.

Si el centro no dispone de sello oficial será necesario un certificado del centro en el que se acredite la realización de la estancia.

  1. ¿ME APLICAN RETENCIONES?

Sí. La ayuda de la estancia profesional es, como máximo, de mil trescientos euros (1.300,00 €) en concepto de gastos de transporte, alojamiento y manutención. Esta cantidad está sujeta a las retenciones que sean de aplicación.

  1. ¿PUEDO OBTENER CERTIFICADO DE HORAS DE FORMACIÓN?

Una vez finalizada la estancia profesional y justificada su participación, las personas participantes recibirán un email con un código CSV de descarga, correspondiente al certificado acreditativo por el cual se le reconocerán 60 horas de formación.

 19. ¿QUIÉN SE ENCARGARÁ DE MI COBERTURA SANITARIA EN EL EXTRANJERO?

Los/as candidatos/as seleccionados/as deberán realizar por su cuenta los trámites oportunos para la cobertura sanitaria y seguro de viaje.